Fecha de publicación: 03/09/2025
Desde principios de este año, se encuentra en vigencia la Ley N° 20.243, que establece el derecho de los trabajadores a recibir propinas a través de medios de pago electrónicos, como tarjetas de débito o crédito.
Esta normativa introduce cambios significativos en la operativa de numerosos sectores, especialmente en la gastronomía, hotelería y servicios en general.
A continuación, destacamos los puntos clave de la nueva ley:
-Todo empleador cuyos trabajadores habitualmente reciban propinas debe disponer de la tecnología necesaria para que los clientes puedan incluirlas en la misma transacción electrónica con la que abonan el servicio.
-La ley prohíbe expresamente que el empleador disponga de los montos abonados como propina. La distribución de estos fondos es una facultad exclusiva de los trabajadores.
-El empleador no puede aplicar descuentos ni deducciones de ningún tipo sobre las propinas, con la única excepción de las retenciones tributarias que correspondan por ley.
-Las instituciones financieras (por ejemplo, emisores de tarjetas) no podrán cobrar comisiones, cargos o recargos sobre los montos correspondientes a las propinas.
-La ley no elimina la posibilidad de que los clientes continúen entregando propinas en efectivo si así lo prefieren.
En Rosenbaum Coto, estamos a disposición para asesorar a nuestros clientes sobre la correcta implementación de esta normativa y sus implicancias en las relaciones laborales.